domingo, 28 de agosto de 2011

Conceptos fundamentales


Ius: El término Ius es la palabra en latín que hace referencia al Derecho. Es llamado así por derivar de justicia.

Ius civile: Era el conjunto de reglas que regularon las relaciones entre todos los ciudadanos romanos, que fueron conocidos en la Antigua Roma como quirites, por lo cual el Ius Civile es conocido también como Derecho Quiritario o Derecho de los Quirites.

Ius Honorarium: Es el derecho pretorio fundado en la República de Roma. Está en constante tensión armónica con el Ius Civile tradicional, es decir, el fundado en el saber de los juristas. El derecho civil y el derecho pretorio formaban un conjunto coherente dentro del ordenamiento jurídico romano. El derecho honorario no representaba un sistema autosuficiente sino que es un ordenamiento que se instala como un ordenamiento subyacente del Ius Civile.

Ius naturale o Derecho natural es una teoría ética y un enfoque filosófico del derecho que postula la existencia de derechos del hombre fundados en la naturaleza humana, universales, anteriores y superiores (o independientes) al ordenamiento jurídico positivo y al derecho fundado en la costumbre o derecho consuetudinario.

Ius gentium o jus gentium, el derecho de gentes, en un sentido restringido comprende las instituciones del derecho romano de las que pueden participar los extranjeros (peregrini) que tenían tratos con Roma y sus ciudadanos (cives), por lo que supone una complementación del ius civile, para aplicarlo con individuos que no ostentaran la ciudadanía romana.

 
Fas el Derecho de los dioses, es decir, lo permitido y manifestado por la divinidad.
El fas era dado por los sacerdotes y se contraponía, como Derecho divino, al Derecho humano o Ius.
USTITIA.- El término justicia viene de iustus, y el jurista Ulpiano la definió así: Iustitia est constans et perpetua voluntas ius suum cuique tribuendi: La justicia es la constante perpetua voluntad de dar a cada uno su derecho.
La palabra iustitia designó, originalmente, la conformidad de un acto con el derecho positivo, no con un ideal supremo y abstracto de lo justo. A dicho concepto objetivo corresponde, en los individuos, una especial actividad inspirada en el deseo de obrar siempre conforme a derecho; desde este punto de vista, Ulpiano definió la justicia, según el texto transcrito. Se cree que el jurista se inspiró en la filosofía griega de pitagóricos y esotoicos. Resulta, así que la iustitia es una voluntad que implica el reconocimiento de lo que se estima justo y bueno (aequum et bonum).
IURISPRUDENTIA
Esta palabra proviene de dos vocablos, IURIS (de derecho) y PRUDENTIA (sabiduría) y el significado seria, "sabiduría en materia de derecho". Ulpiano decía que es "la ciencia de lo justo y de lo injusto".
La traducción conceptual de IURISPRUDENTIA seria Doctrina.

AEQUITAS
Este vocablo se puede traducir literalmente como EQUIDAD. Hasta la época del Derecho Clásico significo un valor ideal que se le adjudicaba a la norma jurídica. Después, en la obra de Justiniano aparece el concepto de elemento moderador y a veces contrario al estricto IUS, por lo que, actuar equitativamente era corregir los resultados de la aplicación estricta del IUS.

 

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